Alerta Sector Transporte: Claves y vencimientos de la Resolución 4607 de 2026 de la SuperTransporte
El sector transporte en Colombia enfrenta un vencimiento normativo crítico. La Resolución 4607, expedida por la Superintendencia de Transporte el 9 de abril de 2026, modificó el Capítulo 6 del Título V de la Circular Única de Infraestructura y Transporte y ajustó el marco del SARLAFT fijado previamente por la Resolución 2328 de 2025.
La norma otorgó un plazo de adaptación de seis meses que vence este 9 de octubre de 2026. A continuación, detallamos las exigencias de obligatorio cumplimiento que tu empresa debe certificar antes de esa fecha.
Obligaciones principales con vencimiento al 9 de octubre de 2026
* Designación del Oficial de Cumplimiento Suplente: Es obligatorio nombrar un suplente para garantizar la operatividad y continuidad de la gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo cuando el titular no esté disponible.
*Acreditación de Idoneidad bajo norma ISO/IEC 17024: Tanto el Oficial de Cumplimiento principal como el suplente deben contar con una certificación de competencia expedida por un organismo de evaluación acreditado por el ONAC (Organismo Nacional de Acreditación de Colombia). Esta certificación requiere renovación cada dos años.
Perfil completo exigido para el Oficial de Cumplimiento
Asegúrate de que la documentación de tu Oficial de Cumplimiento cumpla íntegramente con los siguientes requisitos:
*Formación académica: Título técnico, tecnológico o profesional.
*Capacitación especializada: Diplomado en gestión de riesgos LA/FT/FP de mínimo 90 horas lectivas, o un posgrado en la materia.
*Experiencia: Acreditar mínimo seis (6) meses de experiencia específica en gestión de riesgos.
*Formación UIAF: Constancia del curso e-learning de la Unidad de Información y Análisis Financiero.
*Incompatibilidades e independencia: No pertenecer a la administración de la empresa, a los órganos sociales, a la revisoría fiscal ni a la auditoría interna.
Notificación: Reportar formalmente la designación ante la SuperTransporte a través de la plataforma VIGÍA 2 dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al nombramiento.
Próximo reporte en VIGÍA 2: 10 de octubre de 2026
Al día siguiente del vencimiento de la Resolución 4607, vence el reporte bimensual en el módulo SARLAFT del sistema VIGÍA 2 (correspondiente al periodo de agosto y septiembre de 2026).
Este reporte debe incluir:
*Información del Oficial de Cumplimiento principal y suplente.
*Registro de debida diligencia de contrapartes.
*Soportes de capacitaciones realizadas al personal.
*Coincidencias e inspecciones en listas restrictivas.
*Informes periódicos de monitoreo del sistema.
*Importante: Un manual de SARLAFT archivado o desactualizado no es suficiente. La Superintendencia de Transporte realiza visitas in situ y exige evidencias reales de ejecución: actas de Junta Directiva, hojas de vida, registros en SIREL y constancias de divulgación interna.
¿Cómo ayuda ASARY a tu empresa de transporte?
En ASARY acompañamos a los vigilados por la SuperTransporte a blindar sus operaciones y evitar sanciones administrativas:
*Diagnóstico de brechas: Evaluamos tu estado actual frente a la Res. 4607.
*Clasificación del régimen: Determinamos si a tu empresa le aplica el SARLAFT Pleno o el Régimen de Medidas Simplificadas (RMS) según tus ingresos en UVB.
*Estructuración técnica: Elaboramos la matriz de riesgos y la documentación ajustada a la medida de tu operación.
¨*Gestión de reportes: Preparamos la información y los soportes requeridos para VIGÍA 2 y las auditorías de la Superintendencia.
¿Tu empresa cumple con todos los requisitos antes del 9 de octubre?
Evita sanciones e investigaciones administrativas. Solicita hoy mismo una revisión técnica de tu sistema SARLAFT.
Correo electrónico: contacto@asaryconsultoria.com
Sitio web: asaryconsultoria.com
